Decreto 51/2012, de 03 de abril de 2012, por el que se aprueba el Reglamento de Transporte de Viajeros por Carretera

Spremljeno u:
Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, Decreto 51/2012, de 03 de abril de 2012, por el que se aprueba el Reglamento de Transporte de Viajeros por Carretera. BOPV, 23/04/2012.
Ref. 304292
Palabras clave:
Accesibilidad, Barreras, Discapacidad, Transporte público, País Vasco
Opis
Opis predmeta:vigente/ mención referida a las personas con discapacidad: 'Artículo 66.– Estaciones de viajeros. 1.– Para que un centro tenga la consideración de estación de viajeros habrá de cumplir unas condiciones mínimas o requisitos que contribuyan al desarrollo adecuado de la actividad de transporte de viajeros y su utilización por las personas usuarias, garantizando en todo caso su accesibilidad, en los términos previstos en la Ley 20/1997, de 4 de diciembre, para la Promoción de la Accesibilidad y en sus normas de desarrollo, así como en la normativa estatal y europea en materia de accesibilidad.'