Decreto-Ley 8/2014, de 10 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía
I tiakina i:
Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, Decreto-Ley 8/2014, de 10 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía. BOJA, 13/06/2014.
Ref.
306933
Palabras clave:
Alimentación, Andalucía, Ayudas a la familia, Ayudas individuales, Condicionante por edad, Desempleo, Desempleo de larga duración, Discapacidad, Exclusión social, Familia, Formularios, Inclusión laboral, Inclusión social, Indicadores socioeconómicos, Juventud, Mujer, Pobreza, Prestaciones económicas, Promoción de empleo, Subvenciones
Alimentación, Andalucía, Ayudas a la familia, Ayudas individuales, Condicionante por edad, Desempleo, Desempleo de larga duración, Discapacidad, Exclusión social, Familia, Formularios, Inclusión laboral, Inclusión social, Indicadores socioeconómicos, Juventud, Mujer, Pobreza, Prestaciones económicas, Promoción de empleo, Subvenciones
| Whakaahutanga tūemi: | derogado por Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, salvo artículos 2.c) 3.ª; 62.a); 62.b) y 64; la disposición adicional segunda; la disposición final primera 1; la disposición final primera 4 y la disposición final primera 5 modificada por LEY 2/2017, de 17 de febrero prorrogadas algunas medidas extraordinarias Orden de 24 de abril de 2016 prorrogadas algunas medidas extraordinarias en Orden de 20 de marzo de 2015 Decreto-Ley 1/2015, de 17 de febrero, por el que se prorroga la medida extraordinaria y urgente de apoyo a las Entidades Locales para acciones de solidaridad y garantía alimentaria, mediante ayudas directas a los municipios menores de 20.000 habitantes / Modificado por Decreto-Ley 9/2014, de 15 de julio Modificado por Decreto-Ley 11/2014, de 7 de octubre deroga: el Decreto-ley 7/2013 de 30 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para la lucha contra la exclusión social en Andalucía, excepto el artículo 19, el capítulo I del título III, el artículo 33 y las disposiciones finales primera y segunda, que se mantienen en vigor durante el periodo de vigencia del presente Decreto-Ley |
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