Dictamen 9/18 sobre el VII Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la CAE
Salvato in:
Dictamen 9/18 sobre el VII Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la CAE. Bilbao, Consejo Económico y Social Vasco, 2018, 10 p.
Ref.
533387
Localizzazione:
SIIS Archivo / DFB Archivo
Palabras clave:
Igualdad de género, Igualdad de oportunidades, Planes de acción social, Políticas públicas, Evaluación de servicios, Recomendaciones, País Vasco, España
Igualdad de género, Igualdad de oportunidades, Planes de acción social, Políticas públicas, Evaluación de servicios, Recomendaciones, País Vasco, España
Abstract:
El día 6 de marzo de 2018 tuvo entrada en el Consejo Económico y Social Vasco escrito de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, solicitando informe sobre el Proyecto de VII Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la CAE, según lo establecido en el artículo 3.1.d) de la Ley 8/2012, de 17 de mayo del Consejo Económico y Social Vasco. El Dictamen se insta con carácter urgente, solicitándose su emisión en un plazo de 15 días hábiles. El VII Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres responde a la previsión legal del artículo 15 de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres que establece el mandato de aprobar al inicio de cada legislatura un plan general que recoja de forma coordinada y global las líneas de intervención y directrices que deben orientar la actividad de los poderes públicos vascos en materia de igualdad de mujeres y hombres. Este Plan recoge la agenda política en materia de igualdad de la actual legislatura y se alinea con los compromisos del programa de Gobierno.
El día 6 de marzo de 2018 tuvo entrada en el Consejo Económico y Social Vasco escrito de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, solicitando informe sobre el Proyecto de VII Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la CAE, según lo establecido en el artículo 3.1.d) de la Ley 8/2012, de 17 de mayo del Consejo Económico y Social Vasco. El Dictamen se insta con carácter urgente, solicitándose su emisión en un plazo de 15 días hábiles. El VII Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres responde a la previsión legal del artículo 15 de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres que establece el mandato de aprobar al inicio de cada legislatura un plan general que recoja de forma coordinada y global las líneas de intervención y directrices que deben orientar la actividad de los poderes públicos vascos en materia de igualdad de mujeres y hombres. Este Plan recoge la agenda política en materia de igualdad de la actual legislatura y se alinea con los compromisos del programa de Gobierno.
| Riassunto: | El día 6 de marzo de 2018 tuvo entrada en el Consejo Económico y Social Vasco escrito de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, solicitando informe sobre el Proyecto de VII Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la CAE, según lo establecido en el artículo 3.1.d) de la Ley 8/2012, de 17 de mayo del Consejo Económico y Social Vasco. El Dictamen se insta con carácter urgente, solicitándose su emisión en un plazo de 15 días hábiles. El VII Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres responde a la previsión legal del artículo 15 de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres que establece el mandato de aprobar al inicio de cada legislatura un plan general que recoja de forma coordinada y global las líneas de intervención y directrices que deben orientar la actividad de los poderes públicos vascos en materia de igualdad de mujeres y hombres. Este Plan recoge la agenda política en materia de igualdad de la actual legislatura y se alinea con los compromisos del programa de Gobierno. |
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| Descrizione fisica: | 10 p. |