Criterios de cobertura, calidad y accesibilidad en acogimiento residencial (D.A. 3ª Ley 26/2015)

La Ley Orgánica 1/1996 de 15 de enero, de protección jurídica del menor es el marco legal donde se regulan los derechos de los niños, niñas y adolescentes en todo el territorio del Estado, de manera que se garantiza una protección uniforme a lo largo del mismo. Veinte años después se ha promovido un...

Whakaahuatanga katoa

I tiakina i:
Ngā taipitopito rārangi puna kōrero
Kaituhi rangatōpū: Dirección General de Servicios para las Familias y la Infancia
Hōputu: Pukapuka
Reo:Pāniora
I whakaputaina: Madrid Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social 2019
Rangatū:Documento de Trabajo
Ngā marau:
Urunga tuihono:Enlace web
Servidor
Ngā Tūtohu: Tāpirihia he Tūtohu
Kāore He Tūtohu, Me noho koe te mea tuatahi ki te tūtohu i tēnei pūkete!
Whakaahuatanga
Whakarāpopototanga:La Ley Orgánica 1/1996 de 15 de enero, de protección jurídica del menor es el marco legal donde se regulan los derechos de los niños, niñas y adolescentes en todo el territorio del Estado, de manera que se garantiza una protección uniforme a lo largo del mismo. Veinte años después se ha promovido una reforma que actualiza y mejora los instrumentos jurídicos que posibilitan la acción protectora hacia la infancia y la adolescencia. Esta reforma está integrada por dos normas, la Ley 26/2015, de 28 de julio y la Ley Orgánica 8/2015 de 22 de julio. Dentro de las mismas el acogimiento residencial ha sido ampliamente revisado. Se desarrollan aspectos que afectan tanto a las Entidades Públicas, en el ejercicio de sus funciones en la adopción y seguimiento de las medidas de protección de los niños, niñas y adolescentes acogidos residencialmente, como en el desarrollo de la guarda en los dispositivos residenciales habilitados para tal fin.
Whakaahuatanga ōkiko:24 p.