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INSTITUTO DE LA MUJER, GUIA DE BUENAS PRACTICAS PARA GARANTIZAR LA IGUALDAD RETRIBUTIVA. Madrid, MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES, 1999, 168 p.
Ref. 102879
Location: DFA 15.192 15.109

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Keywords:
Buenas prácticas, Detección, Entorno laboral, Hombre, Igualdad de género, Informes oficiales, Instrumentos técnicos, Mujer, Nivel de ingresos, Recomendaciones, Salario, Sexismo, España

Abstract:
La Guía contiene un catálogo de acciones de carácter interdisciplinar, destinado a quienes de algún modo están directa o indirectamente implicados en el ámbito de la retribución y la igualdad entre mujeres y hombres y se estructura en cuatro capítulos. El Primer Capítulo da una visión general de la situación en la que se encuentran las mujeres y los hombres en el ámbito laboral, dentro del ámbito geográfico de los países socios del proyecto. Además, se recogen en este Capítulo Primero los conceptos básicos en esta materia, con el objetivo de facilitar la posterior comprensión de los restantes Capítulos. El Segundo Capítulo recoge medidas concretas que, en esta materia, pueden aplicar o tener en cuenta los distintos poderes públicos: el legislativo, el ejecutivo y el judicial, cuya actuación es crucial a la hora de regular, aplicar y garantizar las normas y derechos de las trabajadoras. Se incluyen además en este Capítulo, medidas de prevención que afectan a distintos colectivos implicados como son el personal del ámbito de la educación, de los medios de comunicación y publicidad y la sociedad en general. Mención especial merecen las medidas para facilitar la información y transparencia de los sistemas retributivos y las acciones que pueden emprender los organismos y colectivos especialmente implicados como son los Organismos de igualdad, la Inspección de Trabajo y los Agentes de Igualdad u otros asesores. El Capítulo Tercero contiene recomendaciones dirigidas a los agentes sociales involucrados en la negociación de convenios colectivos (representantes sindicales y empresariales), estos colectivos tienen un papel fundamental a la hora de garantizar un entorno laboral extento de conductas discriminatorias, incoporar a los convenios colectivos cláusulas preventivas y correctoras de la discriminación retributiva y facilitar a las trabajadoras el acceso a los procedimientos encaminados a reconocer sus derechos y reparar, en su caso, el perjuicio sufrido. Por último, el Capítulo Cuarto recoge dos aspectos fundamentales: la detección de la discriminación y la valoración de los puestos de trabajo. En cuanto a la detección, se propone la utilización de un sistema informático, que partiendo de la información contenida en las hojas de salarios, permita detectar indicios de discriminación en una empresa. Por lo que respecta a la valoración de puestos de trabajo se propone la adopción, por parte de las organizaciones, de sistemas de valoración de puestos de trabajo de tipo analítico, incluyéndose como anexo una lista de control que sirve para comprobar si un procedimiento de valoración satisface los requisitos técnicos y ofrece garantías de neutralidad. La Guía incorpora además la cita de los organismos implicados en el cumplimiento de cada medida.