La inacabada reforma psiquiátrica española: cuestiones sobre internamientos psiquiátricos no voluntarios y la ausencia de control judicial en los ingresos geriátricos
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Moretón, M.F., La inacabada reforma psiquiátrica española: cuestiones sobre internamientos psiquiátricos no voluntarios y la ausencia de control judicial en los ingresos geriátricos. Comunitania, no. 1 (2011), p. 68-86.
Ref.
181774
Хранение:
SIIS R.1883 Archivo
Palabras clave:
Autodeterminación, Crítica, Dependencia, Derechos del usuario, Enfermedades mentales, Hospital psiquiátrico, Incapacidad jurídica, Institucionalización, Normativa, España
Autodeterminación, Crítica, Dependencia, Derechos del usuario, Enfermedades mentales, Hospital psiquiátrico, Incapacidad jurídica, Institucionalización, Normativa, España
Краткий обзор:
En este trabajo se analizará el régimen asistencial y jurídico de los internamientos psiquiátricos no voluntarios y se comparará con el de los ingresos en geriátricos. En general, y hasta bien entrado el siglo XX, el modelo de atención imperante era el manicomial, circunscrito a la reclusión del “alienado” o “demente” en un Hospital psiquiátrico provincia o municipal, sin observancia del control judicial ideado en 1885. En época de la República se emprende el cambio de paradigma hacia un modelo asistencial del “enfermo psíquico”, así el internamiento no voluntario sólo podrá producirse por indicación médica, como medio de tratamiento y, en ningún caso, como privación correccional de libertad. El Decreto de 1931, vigente hasta 1983, impuso el control judicial de los ingresos no voluntarios. En este sentido, uno de los principios del Plan general de salud de1985, era reducir las hospitalizaciones gracias al modelo integrado de salud mental y atención psiquiátrica.
En este trabajo se analizará el régimen asistencial y jurídico de los internamientos psiquiátricos no voluntarios y se comparará con el de los ingresos en geriátricos. En general, y hasta bien entrado el siglo XX, el modelo de atención imperante era el manicomial, circunscrito a la reclusión del “alienado” o “demente” en un Hospital psiquiátrico provincia o municipal, sin observancia del control judicial ideado en 1885. En época de la República se emprende el cambio de paradigma hacia un modelo asistencial del “enfermo psíquico”, así el internamiento no voluntario sólo podrá producirse por indicación médica, como medio de tratamiento y, en ningún caso, como privación correccional de libertad. El Decreto de 1931, vigente hasta 1983, impuso el control judicial de los ingresos no voluntarios. En este sentido, uno de los principios del Plan general de salud de1985, era reducir las hospitalizaciones gracias al modelo integrado de salud mental y atención psiquiátrica.
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