Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de septiembre de 2021 por el que se establecen condiciones excepcionales en el régimen de visitas y salidas a los servicios sociales de tipo residencial, viviendas supervisadas para personas mayores, personas en situación de dependencia y personas con discapacidad, como medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención de la COVID-19
Guardado en:
Consejo de Gobierno, Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de septiembre de 2021 por el que se establecen condiciones excepcionales en el régimen de visitas y salidas a los servicios sociales de tipo residencial, viviendas supervisadas para personas mayores, personas en situación de dependencia y personas con discapacidad, como medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención de la COVID-19. BOIB, 28/09/2021.
Ref.
567319
Palabras clave:
Residencias, Vivienda asistida, Personas mayores, Servicios y centros sociales, Discapacidad, Dependencia, Relaciones familiares, Prevención, Admisión, Control, Virus, Epidemia, Baleares
Residencias, Vivienda asistida, Personas mayores, Servicios y centros sociales, Discapacidad, Dependencia, Relaciones familiares, Prevención, Admisión, Control, Virus, Epidemia, Baleares
Ejemplares similares: Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de septiembre de 2021 por el que se establecen condiciones excepcionales en el régimen de visitas y salidas a los servicios sociales de tipo residencial, viviendas supervisadas para personas mayores, personas en situación de dependencia y personas con discapacidad, como medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención de la COVID-19
- Salidas excepcionales: qué significa para las personas con discapacidad y con autismo poder circular durante la cuarentena
- Orden de 29 de octubre de 2020, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía, para la contención de la COVID-19
- ¿853000 SITUACIONES EXCEPCIONALES?
- Protocolo de adaptación de tratamiento a circunstancias excepcionales
- MENORES EN RIESGO: PRACTICAS EXCEPCIONALES DE LAS ADMINISTRACIONES
- Orden de 8 de noviembre de 2020, por la que se modifica la Orden de 29 de octubre de 2020, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía, para la contención de la COVID-19